
Una medida excepcional aplicada únicamente para ciertos y determinados delitos sexuales, como el abuso sexual, el delito de violación, de estupro y algunas figuras del rapto”, explicó en “Dialogando” el abogado penalista Jorge Eduardo Buompadre, al referirse al caso que tuvo lugar en la localidad de General Pico, La Pampa, en cuyo marco Carla Figueroa perdió la vida en manos de su esposo, quien tiempo atrás la había violado y por este delito fue privado de su libertad, no obstante luego fue excarcelado por medio de la figura del avenimiento contemplada en el Código Penal argentino.
“El Derecho Penal tiene dos formas de resolver un conflicto entre las personas: Aplicando una pena o resolviendo ese conflicto de una manera alternativa que debe estar precisamente instrumentada en el Código Penal. El avenimiento es una de ellas”, DIJO.
Se trata, señaló, de “una herramienta ultilizada por el Estado para solucionar un conflicto. Es un sistema de mediación penal, una suerte de mediación o acuerdo entre las partes. Debe ser un pedido de la victima, libre y voluntariamente realizado. Además se deben dar ciertos requisitos para que el juez pueda o no rechazar ese pedido”, indicó Buompadre.
“Es una medida excepcional que se utiliza únicamente para ciertos y determinados delitos sexuales: Abuso sexual, violación, estupro y algunas figuras del rapto”.
Asimismo, acotó, “el imputado también debe expresar su consentimiento porque es un acuerdo de partes”.
Lo cierto es que, según especificó el experto, el avenimiento es una figura moderna que tiene relativamente pocos años de aplicación. “No es un invento nuestro sino que está inspirado en el derecho de otros países”, destacó Buompadre dejando en claro que “debe existir una relación afectiva para que pueda aplicar este instituto”.
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